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Finanzas y presupuesto público (página 2)



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Los economistas generalmente dividen los impuestos entre directos e indirectos. Las diferencia entre los dos es que los impuestos directos (renta, patrimonio, bienes inmuebles) se recaudan de las personas que se presumen deben pagar el impuesto, mientras que los impuestos indirectos se presume sean transferidos a los consumidores. Siguiendo el análisis de la sección anterior, la selección entre los instrumentos tributarios probablemente deben reflejar, al menos en parte, sus efectos fundamentales sobre la estabilización económica, asignación de recursos y la distribución de la renta. Aunque los principios detrás de estas tres funciones del sistema tributario puedan servir de base al debate de política en los países en desarrollo, una consideración adicional, menos frecuentemente reconocida, también explica el patrón de tributación directa e indirecta observado en la práctica. Esta consideración adicional es la facilidad de administración de cada impuesto y el grado de cumplimiento de cada uno.

La importancia de los impuestos indirectos en los países de rentas bajas se debe en gran medida a aspectos de administración y cumplimientos tributarios. Resulta significativamente más sencillo administrar y recaudar impuestos indirectos que administrar impuestos sobre la renta. Los derechos de aduana, por ejemplo, son relativamente fáciles de recaudar, porque todos los bienes entran al país a través de un puerto que puede ser controlado por los administradores tributarios. A los importadores que no cumplen con los derechos de aduana (o no proporcionan garantía suficiente) no se les permite retirar sus bienes. El impuesto sobre la renta, por otro lado, es mucho más difícil de administrar debido a que el impuesto no puede ser recaudado a través de controles físicos. Las autoridades más bien requieren que se presente una declaración y deben invertir recursos para verificar la renta declarada.

Instrumentos Fiscales Utilizados en Venezuela.

El sistema impositivo venezolano muestra una marcada dependencia con respecto al petróleo. Tal afirmación se hace evidente al constatar que los ingresos petroleros en 1989 representaban un 60% de los ingresos fiscales totales. El impuesto sobre la renta aplicada a personas naturales apenas contribuye con un 2.5% de lo recaudado, mientras que otros impuestos como los que pechan a licores, cigarrillos, fósforos, sucesiones etc., apenas aportan un 2% de lo recaudado.

En un intento por disminuir la dependencia fiscal con respecto al petróleo, se han utilizado distintos tipos de impuestos entre los cuales se encuentran el Impuesto al Valor Agregado (IVA), el Impuesto Sobre las Ventas (ISV), el Impuesto sobre las Ventas al Mayor y al Consumo Suntuario (ISVM), el Impuesto a los Activos Empresariales (IAE), y el Impuesto al Débito Bancario (IDB), esto supuso la modernización del sistema tributario venezolano, junto con la creación del Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria. Luego de la Apertura Petrolera, los niveles de recaudación de impuestos no petroleros han aumentado considerablemente llegando a representar un 50% del total de ingresos recaudados y llevando los ingresos petroleros a un nivel del 35% del total de los ingresos.

Repercusiones de la Política Fiscal en Venezuela

Definitivamente que la política económica aplicada en cualquier país tendrá una repercusión positiva o negativa sobre la sociedad que conforma dicho país, incluyendo empresas, ciudadanos, industrias, etc. En el caso de Venezuela, lamentablemente es necesario reconocer que las políticas económicas y por ende las políticas fiscales aplicada a lo largo de los últimos 50 años, no han sido más que incoherentes medidas contrarias a lo que aconseja la Teoría económica positiva, al contrario solo han logrado arrastrar al país a un profundo estancamiento del cual resulta muy difícil, pero no imposible de salir.

Para explicar las consecuencias que puede tener una política fiscal mal aplicada sobre la sociedad tomaremos como ejemplo las políticas aplicadas durante el segundo período presidencial Carlos Andrés Pérez, el cual es tristemente recordado como un período de profunda crisis económica en el país y de gran inestabilidad política que tuvo como resultado los sucesos ocurridos el 27 y 28 de Febrero de 1989, el 4 de Febrero y 27 de Noviembre de 1992 y finalmente la destitución del Presidente en 1993.

La Venezuela de 1989 era muy distinta a la de 1974, cuando la bonanza petrolera ocasionada por la crisis de los países árabes nos colocó como el único proveedor seguro de petróleo para las naciones occidentales. Por el contrario el país encaraba el dilema de cómo resolver el déficit del sector público, la deuda pública externa superaba en relación de 4 dólares a 1 los niveles de las reservas internacionales, el gobierno anterior había suscrito un acuerdo de refinanciamiento de la deuda que obviamente resultaba imposible de honrar.

La inflación se acercaba al 30%, reflejando la artificialidad de la economía venezolana, producto del estricto control de precios que existía más un sinnúmero de subsidios. Era evidente que esos mecanismos eran ya insostenibles, pues ni el Estado poseía los recursos para seguir otorgando subsidios, ni las empresas privadas estaban en capacidad de subsistir bajo el régimen de control de precios, al cual estaban siendo sometidas.

Por último el signo monetario venezolano padecía las consecuencias de sucesivas devaluaciones. Se había impuesto un estricto control de cambios administrado por RECADI, que se caracterizaba por los más increíbles niveles de corrupción. A finales de 1988 la tasa de cambio preferencial era de Bs. 14,50 por Dólar; en tanto que en el mercado libre o paralelo, el Bolívar llegó a cotizarse a la cifra de Bs. 40 por Dólar. Bien la realidad de la crisis económica venezolana para ese momento habría obligado a cualquiera a asumir una serie de medidas orientadas a resolver esa situación. El país tendría que pagar las consecuencias de las irresponsabilidades cometidas durante los 20 años anteriores, "las leyes económicas son duras, pero son leyes" había que apretarse el cinturón.

El tren ministerial estaba formado por excelentes profesionales los cuales diseñaron las políticas económicas que se aplicarían en el período, en materia fiscal llamado Programa de Ajustes Macroeconómicos.

Se tomó la decisión de liberar los precios del mercado, ya que era imposible mantener los subsidios que permitían este estricto control sobre los precios, esto ocasionó inmediatamente una tendencia alcista muy difícil de asimilar para la población.

La progresiva devaluación del signo monetario se traducía en un incremento en los precios y por consiguiente un aumento en los costos de producción, sin embargo los recursos provenientes de la devaluación fueron el principal mecanismo para la reducción del déficit fiscal. Se cree sin embargo que no se debió devaluar en forma tan agresiva la moneda venezolana, y tratar de reducir el déficit fiscal contrayendo al máximo el gasto público, cosa que no se tomó muy en cuenta; ya que la devaluación equivale a la aplicación de un impuesto indirecto, altamente regresivo que afecta a todos los sectores del país.

Se trazó la meta de modificar la estructura tributaria del país orientándola hacia una reducción de las tasas máximas aplicables por concepto del impuesto sobre la renta, además se anunciaba la intención de aplicar un impuesto indirecto sobre el valor agregado, esto representaba claramente una orientación hacia las políticas de oferta. Sin embargo, la tardanza en el Congreso para aprobar el impuesto al valor agregado, obligó al Gobierno a incurrir en las devaluaciones antes mencionadas para cubrir sus déficits, fiscales, esto representa claramente una medida coyuntural relativa a políticas de demanda.

Esta contradicción entre la política expansiva del gasto público y las políticas restrictivas, obliga al BCV a la aplicación de medidas como la emisión de Bono cero cupón y el aumento del encaje legal de los bancos, a fin de absorber el excedente monetario derivado de esta situación, trayendo nuevos ingredientes a la ya insostenible situación del estado.

Para evitar un poco esta situación se inicia en el país un proceso de privatización de algunas empresas del Estado, caracterizadas por arrojar solamente perdidas en lugar de ganancias, esto tiene como finalidad reducir el déficit del Estado, ahorrando de esta manera millones de dólares en inversiones que no tienen ningún sentido al gobierno y transfiriendo esos activos improductivos a manos privadas. A su vez las empresas que continuaban en manos del Estado se vieron en la necesidad de sincerar las tarifas de sus bienes y servicios, incidiendo nuevamente en el alza de los precios y la inflación.

La política económica aplicada por el Gobierno del Presidente Pérez, si bien tenía serias contradicciones internas, podría de alguna forma mejorar la situación, o por lo menos detener el proceso negativo de la economía, sentando las bases para iniciar el crecimiento económico; sin embargo; el Presidente Pérez no se preocupó por convencer a su partido, a la oposición ni a la sociedad de la necesidad de la aplicación de estas medidas, no se ocupó de poner el ejemplo, reduciendo el tamaño del Estado, o por lo menos racionalizándolo para hacerlo más efectivo, cometió el gran error de todos los Gobiernos anteriores, tratar los excedentes petroleros originados por crisis pasajeras como si fueran eternos, incurriendo así en mayores déficits e inflación, en fin el Gobierno del Presidente Pérez aplicó medidas necesarias pero no explicó la necesidad de las mismas, lo que ocasionó graves repercusiones sobre la sociedad venezolana, sobre la industria y sobre la economía en general.

Impactos macroeconómicos de las políticas fiscales, tributarias y monetarias

La política fiscal: es de gran importancia para el desarrollo económico de cualquier nación, esta debe ser adaptada a las realidades de cada nación, cuidadosamente estudiada y ser aplicada con la más estricta disciplina, a fin de lograr los objetivos de crecimiento económico y desarrollo que persigue la Teoría Económica.

La política tributaria: tiene la difícil tarea de elevar los ingresos en forma tal que cause el menor daño posible a la economía, es decir que debe diseñar un sistema tributario que preserve los incentivos individuales para la actividad productiva, para el empresariado y para trabajar, ahorrar, invertir, aprender, inventar y crear. El sistema tributario debería proveer al gobierno con ingresos suficientes para cumplir sus objetivos legítimos sin destruir los incentivos para trabajar, ahorrar e invertir.

La política monetaria: Se enfoca principalmente hacia la estabilidad de precios. Para ello se estima la función de reacción del Banco Central de Venezuela en los períodos previo y posterior a la Ley con el objetivo de saber si ha ocurrido un cambio en la conducción de la política monetaria.

Planificación fiscal, tributaria y monetaria

Política Fiscal Actual.

El actual gobierno venezolano, según su propuesta económica propone una reducción del gasto público, y una modificación al tratar de reducir el gasto corriente, a través de reestructuraciones en todos los organismos oficiales para hacerlos más eficientes y menos costosos, y por su parte aumentar el gasto de capital, para crear la infraestructura necesaria para comenzar la reactivación económica. El presupuesto fiscal del año 2000, tiene un nivel de gasto total acordado de Bs. 17.878 millardos, equivalentes al 24,2% del PIB, aumentando su nivel en 1,5 puntos del PIB con respecto al presupuesto de 1999. De este total de gasto, el 84,5% se concentra en los siguientes ministerios: Finanzas, del Interior y Justicia, Educación, Cultura y Deporte, Salud y Desarrollo Social, Infraestructura y Defensa.

En referencia a la clasificación económica del gasto, el mismo presenta una orientación que está en sintonía con los lineamientos estratégicos de este Programa Económico. Los gastos corrientes se ubican en monto de Bs. 12.718 millardos, equivalentes al 17,3% del PIB, creciendo en tan sólo 0,3 puntos del PIB con respecto al año precedente. Los de capital, se sitúan en Bs. 2.967 millardos, equivalentes al 4,0% del PIB, superando en más de 1,1 puntos del PIB al gasto presupuestado del año 1999, y por último, las aplicaciones financieras, dentro de las cuales se encuentran la amortización de préstamos, alcanzan un monto de Bs. 2.192 millardos, equivalentes al 3% del PIB, presentando una variación con respecto al año pasado de 0,1 puntos del PIB.

Por otra parte, en materia de gestión tributaria propone una reestructuración del actual Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria (SENIAT), para aumentar la recaudación y evitar la evasión de impuestos. Así como la aplicación de una serie de instrumentos de recaudación que permitan reducir el déficit fiscal. En este sentido, el presupuesto fiscal para el año 2000, fija como meta en los ingresos ordinarios de origen no petrolero un monto de Bs. 8.561 millardos, equivalente al 47,8% del total de ingresos, mejorando su participación en 5,7 puntos porcentuales con respecto al nivel alcanzado en 1999. Los ingresos fiscales originados por la actividad petrolera, excluyendo las transferencias al Fondo de Inversión para la Estabilización Macroeconómica (FIEM), se estiman en Bs. 4.211 millardos, equivalentes al 23,6% del total de ingresos fiscales.

Esto luce muy bien en el papel, pero ha sido un factor común observar excelentes propuestas económicas por parte de los distintos gobiernos venezolanos que luego se pierden en la intrincada e ineficiente red burocrática, o simplemente no son capaces de cumplir las metas que son trazadas, en otras ocasiones, y debido a nuestra gran dependencia de las exportaciones petroleras, los planes se ven afectadas por variaciones en los precios del petróleo, e incluso por crisis ocurridas en otros países que crean un efecto dominó, afectando a las economías más vulnerables como la nuestra.

Presupuesto por proyectos y acciones centralizadas y, presupuesto por partidas y programas. Ventajas, desventajas y diferencias entre ellos

El presupuesto por proyecto, es un instrumento para asignar y distribuir los recursos públicos a través de proyectos, a los entes u organismos nacionales, estadales y municipales en función de las políticas y objetivos estratégicos de la Nación, expresados en los respectivos Planes Anuales; además coordinar, controlar y evaluar su ejecución.

Los aspectos relevantes de esta técnica son entre otros, los siguientes:

• Proporciona una mejor y mayor vinculación Plan–Presupuesto.

• Simplifica la estructura presupuestaria.

• Permite visualizar y analizar las variables requeridas para la toma de decisión en todas las etapas del proceso presupuestario.

• Facilita la gestión pública en función de las políticas y objetivos estratégicos de la Nación.

• Permite una mejor evaluación y control del presupuesto.

• Concibe al proyecto como el punto focal del proceso presupuestario a fin de satisfacer las necesidades de la colectividad.

Presupuesto por Programas: aparece para dar respuesta a las contradicciones implícitas en el Presupuesto Tradicional y en especial para que el Estado y las instituciones que lo integran dispongan de un instrumento programático que vincule la producción de los bienes y servicios a alcanzar con los objetivos y metas previstas en los planes de desarrollo.

Organizaciones, funciones y relaciones de las instituciones siguientes:

ONAPRE: Partir de 1958, se inició en Venezuela un proceso de Reforma en la Administración Pública cuyo objetivo era adecuarla a las exigencias que planteaba el Estado Moderno. De manera casi simultánea se comienzan a realizar los estudios que daban como resultado la implantación del "Sistema de Planificación" (Decreto 492 del 30 de Diciembre de 1958), creación de la Comisión de la Administración Pública Nacional (Decreto 287, del 27 de Junio de 1958) e inicio de la modernización del Sistema Presupuestario, con la entrega al Soberano Congreso de la República del Presupuesto por Programas como un anexo explicativo de la Ley de Presupuesto por Programas, que se seguía presentando bajo la concepción tradicional, la promulgación de la Ley de Régimen Presupuestario, obligó de manera inmediata al Ejecutivo Nacional a poner en marcha una reforma presupuestaria y contable.

En cumplimiento a lo pautado en la Ley Orgánica del Régimen Presupuestario se creó la Oficina Central de Presupuesto (OCEPRE), como órgano rector del sistema presupuestario público venezolano, con una estructura administrativa básicamente similar a la que contaba la Dirección Nacional del Presupuesto, previo a la reforma presupuestaria, con excepción del Área de Presupuestos Regionales, que a partir de la creación de la OCEPRE implementó la figura de Coordinadores Regionales con sede en el interior del país, quienes tenían por función asistir a las Corporaciones Regionales, Gobernaciones de Estado y a los Concejos Municipales. La estructura original fue modificada en febrero de 1981 con el objeto de adecuarlas a los esquemas globales sectoriales y regionales previstos en el Plan de la Nación.

Con la entrada en vigencia de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, la cual propende la integración de la administración financiera del Estado, el cual se compone de los sistemas de presupuesto, crédito público, tesorería y contabilidad regulados por dicha ley, así como los sistemas tributario y de administración de bienes regulados por otras leyes, se ordena la organización del sistema, creando las Oficinas Nacionales, dentro de las cuales se instituye la Oficina Nacional de Presupuesto, ONAPRE.

La Oficina Nacional de Presupuesto es el órgano rector del Sistema Presupuestario Público, creado con la finalidad de cumplir las atribuciones que le confiere el artículo 21 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público (LOAFSP, Gaceta Oficial N° 37.029, del 5 de septiembre de 2000).

Ministerio de Finanzas: El ente encargado de la administración de la Hacienda Pública nacional nace en el año de 1830 con el nombre de Ministerio de Hacienda y el 30 de agosto de 1999, mediante Decreto No.253 en el cual se dicta con Rango y Fuerza de Ley Orgánica publicado en la Gaceta Oficial No. 36.775, se reforma la Ley Orgánica de la Administración Central y se le cambia el nombre por el de Ministerio de Finanzas.

La historia ubica el inicio de la actividad hacendística en el país en el año 1776 con la Real Cédula de Carlos IV que crea la Intendencia de Guerra y Hacienda. Se indica que en 1829 el General José Antonio Páez proyecta constituir una organización denominada: "Sociedad Económica Amigos del País". En 1830 el mismo Páez, quien ha dejado de lado la lanza para empuñar el bastón de gobernante, encomendó la creación del despacho de los negocios públicos a tres Secretarías de Estado: una del Interior, Justicia y Policía; la de Hacienda y Relaciones Exteriores y la de Guerra y Marina.

Una vez disuelta la Gran Colombia y asumida por Venezuela su autonomía plena nacional, nace el Ministerio de Hacienda y evoluciona como tal hasta hoy. La primera Memoria y Cuenta de Hacienda data del 24 de abril de 1830. Relaciones Exteriores siguió incorporado al Despacho de Hacienda hasta el año 1846, y volvió nuevamente a Hacienda en 1856.

Por Ley del 9 de Marzo se estableció el Ministerio de Crédito Público y desde el 15 de Junio de 1915 hasta la fecha, todo lo concerniente a esta materia está a cargo del Ministerio de Finanzas.

El Presupuesto 2002 por 26,4 billones de bolívares, marca un cambio en la formulación de este instrumento de política fiscal y financiera, dentro del cual destaca la modificación de la tasa de cálculo del gasto público, la sinceración y coordinación del mismo, equiparándolo a 12 meses; y la introducción por primera vez en las finanzas públicas venezolanas de criterios plurianuales para la estimación de gastos y endeudamiento que marquen una senda de sostenibilidad y solvencia fiscal.

En la formulación del Presupuesto 2003, que asciende a 41,6 billones de bolívares, el Ejecutivo Nacional dirige sus esfuerzos a fomentar el ahorro y la inversión en todos los ámbitos, además de fortalecer y diversificar las cadenas productivas. Igualmente persigue la eliminación progresiva del grado de pobreza, la reducción del índice de desempleo y la cancelación de las deudas pendientes con los trabajadores del sector público.

Los lineamiento generales en materia económica que persigue el Ejecutivo Nacional para el Ejercicio Fiscal 2004, son los siguientes, según se señala en la Ley de Presupuesto correspondiente a ese año: Recuperar una senda de crecimiento sostenible para la economía (6,5%) dentro del proceso de normalización económica del país; impulsar la recuperación del gasto social con énfasis en los servicios básicos: educación, salud, seguridad social y ciudadana, impulso a las pymes; impulsar la inversión pública (construcción/ infraestructura de apoyo a la producción) y en el sector agrícola a fin de reactivar el empleo productivo; y fortalecer las finanzas públicas y las reformas institucionales que permitan profundizar los procesos de transformación social y económica hacia una economía productiva con equidad social.

Seniat: Es un servicio autónomo- sin personalidad jurídica- con autonomía funcional y financiera- constituye un órgano de carácter técnico especial- dependiente del ministerio de hacienda – encargado de los tirbutor internos, aduaneros

Estructura actual del Seniat.

1.      Superintendente nacional tributario y aduanero.

2.      Comité asesor de dirección y planificación

3.      Comité asesor de contratación presupuestaria y fondo de gestión

4.      Oficina de planificación

5.      Centro de estudios fiscales

6.      Oficina de auditoria interna

7.      Oficina de coordinación y planificación de la g/n

8.      Oficina de divulgación tributaria

9.      Intendencia nacional de tributos internos

10. Intendencia nacional de aduana

11. Gerencia general de información

12. Gerencia general de administración

 

Estructura: la estructura organizativa del Seniat será decidida y establecida por el superintendente y será publicado en gaceta oficial.

Oficina de asesoría económica y financiera de la asamblea nacional

La Oficina de Asesoría Económica y Financiera (OAEF) es un organismo técnico auxiliar del Poder Legislativo, cuya creación se llevo a cabo mediante un convenio de Cooperación Técnica celebrado el 18 de marzo de 1997 con el Banco Interamericano de Desarrollo-BID (Convenio Nro. 945/OC-VE) con el objetivo de asesorar al Congreso de la República, hoy "Asamblea Nacional", en las áreas de economía y finanzas en general, pero con especial énfasis en los impactos económicos que pudiesen causar la aprobación de determinadas leyes, particularmente en sus costos fiscales. 

Desde su creación hasta el 29 de febrero de 2000 la OAEF fue dirigida por el Econ. Gustavo García, fecha en la que la Comisión Reestructuradora de la Comisión Legislativa Nacional (CLN) decide cerrar y reabre nuevamente el 15 de Junio del año 2000, designando el Dr. Tobías Nóbrega como Jefe (E) de la OAEF; se reinician las actividades administrativas y los trámites para la reactivación del Convenio con el BID así como el inicio del proceso de Concurso de Economistas. 

Funciones: En el reglamento de la OAEF se especifican las siguientes funciones: 

  • a. Elaborar estudios técnicos de la Ley de Presupuesto y créditos adicionales y Leyes de Crédito Público, los cuales deben contener un análisis sobre la consistencia macroeconómica y los impactos económicos y sociales de tales proyectos en el contexto del sector público consolidado (ingresos, gastos, déficit, fuentes de financiamiento e implicaciones sobre el endeudamiento neto y el servicio de las deudas que mediante ellos se contraigan) de manera tal, que la Asamblea Nacional de la República pueda determinar si el déficit fiscal que tales instrumentos crea o disminuye, es compatible con los otros instrumentos de política económica y las metas macroeconómicas, y hacerlos del conocimiento de las Comisiones de Finanzas y Economía. 

  • b. Asistir con derecho a voz a las reuniones de las Comisiones de la Asamblea Nacional, cuando en ellas se discuta cualquier proyecto de ley u otro acto legislativo con implicaciones presupuestarias. 

  • c. Informar, al menos trimestralmente al Presidente de la Asamblea Nacional y a los de las Comisiones Permanentes de Finanzas y Economía, acerca de la evolución de la economía nacional, indicadores socioeconómicos, situación del sistema financiero y de las finanzas públicas en general, así como del impacto económico y social que pueda tener cualquier medida adoptada por el Poder Ejecutivo o sus órganos. 

  • d. Recabar a través de los respectivos Presidentes de las Comisiones Permanentes de Finanzas y Economía, los datos e indicadores de carácter social, económico y financiero que las diferentes personas públicas, territoriales o sus órganos y demás personas jurídicas están obligadas a suministrar a la Asamblea Nacional o a sus órganos de acuerdo a la ley, analizarlos e informar lo que consideren pertinente. 

  • e. Modificar, en caso que sea necesario, los estudios correspondientes a los instrumentos legales a que se refiere el numeral 1, para adecuarlos a los cambios que hayan sufrido los proyectos en la Asamblea Nacional. 

  • f. Pronunciarse con respecto a las implicaciones económicas y sociales de los proyectos de leyes que sean sometidos a consideración de la Asamblea Nacional y hacer del conocimiento del Presidente respectivo, las observaciones que el proyecto le merece, todo de acuerdo a lo establecido en el Reglamento Interior y de Debates de la Asamblea Nacional. 

  • g. Estudiar y emitir un pronunciamiento sobre las implicaciones económicas y sociales que se deriven de las leyes que sean aprobadas por la Asamblea Nacional y hacerlo del conocimiento del Presidente de la Asamblea y de las Comisiones Permanentes de Finanzas y Economía 

  • h. Realizar los estudios que estime necesarios acerca de las políticas y decisiones del Poder Ejecutivo o del Poder Judicial que puedan tener un impacto en las finanzas públicas y hacerlos del conocimiento del Presidente de la Asamblea Nacional y de las Comisiones Permanentes de Finanzas y Economía.

Ministerio de Planificación y Desarrollo (CORDIPLAN)

CORDIPLAN es la abreviatura que identifica a la Oficina Central de Coordinación y Planificación de la Presidencia de la República, creada por decreto Presidencial Nº 492 del 30 de diciembre de 1958.

Su misión es asesorar al Presidente de la República, al Consejo de Ministros y a los demás centros de decisión del Gobierno, en la formulación e instrumentación de la estrategia de desarrollo económico – social del país, promoviendo para tal efecto los planes, políticas y proyectos Nacionales compatibles con esta estrategia, facilitando al mismo tiempo la indispensable coordinación entre las organizaciones relevantes para su ejecución.

Funciones

  • 1. Proponer y actualizar permanentemente las estrategias y planes de desarrollo de la nación y las políticas económicas y sociales correspondientes.

  • 2. Procurar la asignación eficaz y eficiente de los recursos públicos mediante la coordinación del Sistema Nacional de Inversión Pública.

  • 3. Promover y actualizar procesos de modernización y cambio institucional en la Administración Pública.

  • 4. Asesorar a los centros de decisión pública con especial referencia al Ejecutivo Nacional en el mantenimiento de consistencia necesaria entre las decisiones de política sectorial y la estrategia de desarrollo nacional.

  • 5. Apoyo en la formulación de políticas y planes de desarrollo regional y ordenamiento territorial.

  • 6. Promover la coordinación entre las diferentes instituciones relevantes para darle viabilidad a las estrategias, políticas y proyectos.

  • 7. Promover la coordinación entre las diferentes instituciones relevantes para darle viabilidad a las estrategias, políticas y proyectos.

Evaluar los rendimientos e impactos de las estrategias y políticas con el objeto de retroalimentar la toma de decisiones

Objetivos

  • 1. La regulación, formulación y seguimiento de las políticas de planificación y desarrollo institucional.

  • 2. La formulación de estrategias de desarrollo económico y social de la Nación, y la preparación de las proyecciones y alternativas.

  • 3. La formulación y seguimiento del Plan de la Nación, del Plan Operativo Anual y del Plan de Inversiones Públicas.

  • 4. La propuesta de los lineamientos de la planificación del Estado y de la planificación física y espacial en escala nacional.

  • 5. La coordinación y compatibilización de los diversos programas sectoriales, estadales y municipales.

  • 6. La coordinación de las actividades de desarrollo regional.

  • 7. La asistencia técnica a los órganos del Poder Público.

  • 8. La asistencia técnica y financiera internacional.

  • 9. La vigilancia y evaluación de los programas y proyectos de asistencia técnica que se ejecuten en el país.

  • 10. La regulación, formulación y seguimiento de las políticas de la función pública.

Banco Central de Venezuela (BCV)

Organismo público responsable de la gestión de la política monetaria. Institución a cargo de la regulación de la oferta monetaria y del crédito interno y de la emisión de la moneda de curso legal de un país o grupo de países. También es prestamista de última instancia del sistema financiero.

Está en una institución pública que en Venezuela ejerce de manera exclusiva y obligatoria las competencias monetarias del Poder Nacional. Fundado en 1939. Su objeto fundamental es lograr la estabilidad de precios y preservar el valor de la moneda. Es persona jurídica de derecho público con autonomía para la formulación y el ejercicio de la política monetaria, y participa en el diseño y ejecución de la política cambiaria. Entre sus funciones también se encuentran: regular la circulación monetaria, el crédito y las tasas de interés, administrar las reservas internacionales y todas aquellas que establece su propia ley.

La primera sede que ocupó el Banco Central estuvo ubicada entre las esquinas de Veroes y Jesuitas. En este local abrió sus puertas al público el 15 de Octubre de 1940 y allí se inició el proceso de canje de billetes emitidos con anterioridad por los bancos comerciales autorizados, por los nuevos billetes del Banco Central. De esta manera se concretó la centralización de las reservas monetarias internacionales del país. Posteriormente, el 1° de enero de 1941 fue inaugurado el Banco Central oficialmente en acto solemne que contó con la presencia del Presidente de la República, Gral. de División Eleazar López Contreras.

El 19 de octubre de 1943, se colocó la primera piedra para la construcción de un edificio propio. El diseño de la obra le fue confiado al arquitecto Gustavo Wallis L., quien concibió y construyó un edificio sobrio, elegante, funcional y de gran solidez. En menos de cuatro lustros esta sede fue insuficiente dada la expansión de las actividades provenientes del rápido crecimiento económico del país, que demandaron una mayor capacidad de sus bóvedas, así como a las facilidades para la recepción y entrega de numerario en condiciones óptimas de seguridad.

Hacia la mitad de la década de los cincuenta surgió la necesidad de un nuevo local. Se hizo un proyecto bajo la responsabilidad del Arquitecto Tomás Sanabria, para construir un edificio en dos etapas. En la primera se haría la sede para los más altos niveles de decisión del Banco y también parte de las bóvedas de seguridad y otros servicios específicos de la Institución. Se construyó en el terreno ubicado en el ángulo noroeste de la esquina de Carmelitas, sobre la avenida Urdaneta. Su diseño mereció el Premio Nacional de Arquitectura y el edificio fue inaugurado en 1965, con asistencia del Presidente de la República Dr. Raúl Leoni. Tiene aproximadamente 27.000 metros cuadrados de construcción que comprenden cinco sótanos en la zona de estacionamiento, tres en la zona seguridad y de oficinas, la planta baja, la mezzanina, tres pisos generales para oficinas y un cuarto piso para comedores y sala de asambleas.

La segunda fase, abarcaría una torre de vastas proporciones, originalmente destinada a ser compartida con otros organismos financieros afines al BCV, tales como la Bolsa de Valores de Caracas, la Comisión Nacional de Valores y el Fondo de Inversiones de Venezuela.

Misión: El Banco Central de Venezuela es persona jurídica de derecho público, con autonomía para la formulación y el ejercicio de las políticas de su competencia y ejercerá sus funciones en coordinación con la política económica general, para alcanzar los objetivos superiores del Estado y la Nación.

      Su objeto fundamental es lograr la estabilidad de precios y preservar el valor interno y externo de la unidad monetaria como parte de las políticas públicas tendentes a facilitar el desarrollo ordenado de la economía nacional.

El Banco Central de Venezuela se proyecta como un organismo de alto prestigio y credibilidad en el ámbito nacional e internacional que, centrado en su misión y en correspondencia con sus funciones, promueve la coherencia y coordinación de las políticas de su competencia, en un ambiente de ejercicio pleno de su autonomía, de actuación consistente y firme, que fortalece la legitimidad del Instituto ante el entorno y le hace merecedor del respeto de la comunidad. Para ello se ha de apoyar en un modelo organizacional integral y flexible que optimice sus capacidades internas, facilite la oportunidad y calidad de las respuestas y asegure el cumplimiento de sus políticas, estimulado por una cultura de excelencia y el esfuerzo conjunto del equipo humano, altamente calificado y motivado al logro.

Funciones: Para el adecuado cumplimiento de su objetivo, el Banco Central de Venezuela tendrá a su cargo las siguientes funciones:

  • Formular y ejecutar la política monetaria.

  • Participar en el diseño y ejecutar la política cambiaria.

  • Regular el crédito y las tasas de interés del sistema financiero.

  • Regular la moneda y promover la adecuada liquidez del sistema financiero.

  • Centralizar y administrar las reservas monetarias internacionales de la República.

  • Participar en el mercado de divisas y ejercer la vigilancia y regulación del mismo, en los términos en que convenga con el Ejecutivo Nacional.

  • Velar por el correcto funcionamiento del sistema de pagos del país y establecer sus normas de operación.

Fondo de Inversión para la Estabilización Macroeconómica

Creación: El 04 de noviembre de 1998, se crea un fondo de inversión sin personalidad jurídica adscrito al Banco Central de Venezuela, que se denominó Fondo de Inversión para la Estabilización Macroeconómica, cuyo objeto es procurar que las fluctuaciones del ingreso petrolero no afecten el necesario equilibrio fiscal, cambiario y monetario del País.

Funciones: El Directorio del Banco Central de Venezuela funge como Directorio del Fondo de Inversión para la Estabilización Macroeconómica. El Directorio del Fondo ejerce la suprema dirección del Fondo y en particular sus atribuciones son las siguientes:

  • a. Velar por el cumplimiento del objeto del Fondo.

  • b. Aprobar el presupuesto anual de funcionamiento del Fondo.

  • c. Aprobar el informe anual de resultados del Fondo. Copia de dicho informe será remitido al Congreso de la República dentro de los quince días siguientes a su aprobación.

  • d. Dictar las normas de funcionamiento interno del Fondo.

  • e. Aprobar los egresos de los recursos del Fondo en los casos previstos en este Decreto.

  • f. Establecer las políticas y criterios de inversión de los recursos del Fondo.

  • g. Las demás que sean necesarias para asegurar el buen funcionamiento del Fondo y el cumplimiento de su objeto.

Bibliografia

Consultas digitales

www.finanzasfacil.com

www.google.com

www.monografias.com

http://es.wikipedia.org

Autor:

Marcantonio, Paricia

Serrano, Alexander

Stevens, Adolfo

CIUDAD GUAYANA, MARZO DE 2009

Partes: 1, 2
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